Además del evidente impacto tributario, el tratado aborda los siguientes asuntos en materia de Propiedad Intelectual:
- La promoción de la protección eficiente, adecuada y balanceada, así como la ejecución de los derechos de Propiedad Intelectual.
- El trato nacional, que asegura que los propietarios de derechos de ambos países reciban el mismo trato que los nacionales peruanos y australianos.
- El establecimiento de mecanismos para facilitar la cooperación entre Australia y el Perú, en relación con la protección y ejecución de la propiedad intelectual.
- La promoción de transparencia de los sistemas de propiedad intelectual, facilitando a los agentes económicos para obtener información sobre derechos existentes.
- El reforzamiento de la centralidad del Acuerdo sobre los Aspectos de los Derechos de Propiedad Intelectual relacionados con el Comercio (ADPIC) y los tratados de la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual.
El tratado entrará en vigor 60 días luego de que las partes intercambien notificaciones certificando que han completado los procedimientos legales respectivos o en cualquier intercambio de notificaciones que las partes acuerden.
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